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Comienzan a Regir los Nuevos Prefijos 600 y 809 para Llamadas Telefónicas de Spam o No Deseadas

Nuestra Colaborador José Luis Parra, Socio Director de Go! Latam nos actualiza sobre este importante y emergente tema.

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Fuente: Go! Latam


Santiago, 13 de agosto de 2025.– Desde el miércoles 13 de agosto, todas las llamadas comerciales por vía telefónica en Chile deben incluir un prefijo que indique su naturaleza:

  • 600: llamadas solicitadas por el cliente.

  • 809: llamadas no solicitadas, como campañas de promoción y ventas.

La medida, impulsada por la SUBTEL (Subsecretaría de Telecomunicaciones), busca mayor transparencia y protección al consumidor.

Según David Iacobucci, Gerente General de Redvoiss, “esta nueva regulación afecta a las empresas que realizan campañas publicitarias telefónicas para promocionar o vender sus productos y servicios. El plazo oficial para implementar los cambios venció el 7 de agosto de 2025, lo que implicó la adaptación de las centrales telefónicas y plataformas de llamadas automatizadas para diferenciar ambos tipos de comunicación”.

“No se trata sólo de cumplir la ley, sino de construir relaciones más transparentes y efectivas con los clientes. Las compañías deben  adaptarse a este cambio en un contexto de mercado con consumidores y clientes cada vez más exigentes”, agrega el ejecutivo.

 

Recomendaciones de Redvoiss para las empresas

  • Revisar políticas de privacidad y mecanismos de captación de datos.

  • Verificar que las herramientas telefónicas soporten los nuevos prefijos.

  • Evaluar la operación si se utilizan contact centers internacionales.

  • Capacitar al personal en gestión ética de datos y cumplimiento normativo.

 

Un cambio en el contexto de mayores exigencias legales

Esta medida se suma a la Ley 21.719 de Protección de Datos Personales, que entrará en vigencia en diciembre de 2026 y que introduce exigencias como consentimiento explícito para el uso de datos, derecho a la portabilidad de la información, y multas de hasta 20.000 UTM por cada incumplimiento.

Si las empresas no cumplen con esta normativa, podrían ser sancionadas con una amonestación o con multas que van desde las 5 a 5.000 UTM.

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Saludos cordiales

José Luis Parra,

Socio Director de Go! Latam


 
 
 

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