Comienzan a Regir los Nuevos Prefijos 600 y 809 para Llamadas Telefónicas de Spam o No Deseadas
- Gerardo Cerda Neumann
- hace 7 días
- 2 Min. de lectura
Nuestra Colaborador José Luis Parra, Socio Director de Go! Latam nos actualiza sobre este importante y emergente tema.

Fuente: Go! Latam
Santiago, 13 de agosto de 2025.– Desde el miércoles 13 de agosto, todas las llamadas comerciales por vía telefónica en Chile deben incluir un prefijo que indique su naturaleza:
600: llamadas solicitadas por el cliente.
809: llamadas no solicitadas, como campañas de promoción y ventas.
La medida, impulsada por la SUBTEL (Subsecretaría de Telecomunicaciones), busca mayor transparencia y protección al consumidor.
Según David Iacobucci, Gerente General de Redvoiss, “esta nueva regulación afecta a las empresas que realizan campañas publicitarias telefónicas para promocionar o vender sus productos y servicios. El plazo oficial para implementar los cambios venció el 7 de agosto de 2025, lo que implicó la adaptación de las centrales telefónicas y plataformas de llamadas automatizadas para diferenciar ambos tipos de comunicación”.
“No se trata sólo de cumplir la ley, sino de construir relaciones más transparentes y efectivas con los clientes. Las compañías deben adaptarse a este cambio en un contexto de mercado con consumidores y clientes cada vez más exigentes”, agrega el ejecutivo.
Recomendaciones de Redvoiss para las empresas
Revisar políticas de privacidad y mecanismos de captación de datos.
Verificar que las herramientas telefónicas soporten los nuevos prefijos.
Evaluar la operación si se utilizan contact centers internacionales.
Capacitar al personal en gestión ética de datos y cumplimiento normativo.
Un cambio en el contexto de mayores exigencias legales
Esta medida se suma a la Ley 21.719 de Protección de Datos Personales, que entrará en vigencia en diciembre de 2026 y que introduce exigencias como consentimiento explícito para el uso de datos, derecho a la portabilidad de la información, y multas de hasta 20.000 UTM por cada incumplimiento.
Si las empresas no cumplen con esta normativa, podrían ser sancionadas con una amonestación o con multas que van desde las 5 a 5.000 UTM.

Saludos cordiales
José Luis Parra,
Socio Director de Go! Latam
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